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Por Javiera Pizzoleo , 7 de junio de 2023 | 11:29

Ministro Pardow indicó que durante el mes se podrían conocer novedades sobre proyecto para licitar un sistema de almacenamiento

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El ministro de Energía mencionó que a fin de mes va a ver un informe del Coordinador Eléctrico Nacional respecto de los espacios donde el almacenamiento.

Sin duda, una de las cosas más destacables dentro de la Cuenta Pública 2023 en materia de energía fue el anuncio de un proyecto de ley para licitar un sistema de almacenamiento de energía eléctrica renovable en el Desierto de Atacama. En este contexto, el ministro de Energía, Diego Pardow, profundizó más sobre cómo se planea llevar a cabo. 

De acuerdo con una entrevista realizada por El Mercurio de Calama, el jefe de cartera anticipó que se podrían conocer novedades durante el transcurso de este mes, el cual se espera sea licitado durante el próximo año para entrar en operaciones en 2026. 

“A fin de mes va a ver un informe del Coordinador Eléctrico Nacional respecto de los espacios donde el almacenamiento de este tipo stand-alone hace más sentido desde una perspectiva operacional e incluye, a modo muy general, las regiones de Antofagasta y Atacama”, indicó al medio regional. 

Asimismo, agregó que los lugares específicos es algo “que este informe va a contribuir a ir resolviendo, pero eso no va en el proyecto de ley que es simplemente la habilitación legal para hacer este mecanismo de licitación”.

Tipos de almacenamiento

También explicó que “hay dos tipos de almacenamiento, el que está adosado a una planta de generación y en ese caso lo que hace ese proyecto híbrido, como se denomina, es entregarle flexibilidad a la inyección de esa planta en específico”. 

“Hay otra forma de almacenamiento que se llama stand-alone que toma energía de la red, para devolverla en un horario distinto, tomando en el horario solar y devolviendo en el horario nocturno y diurno. Lo que hace es entregar un servicio a la red y no a un proyecto en específico”, señaló el ministro.

El ministro Pardow informó que el financiamiento “lo provee la empresa adjudicataria a cambio de un cargo específico, pero ese cargo en todo caso lo define el adjudicatario”. No obstante, también indicó que “antes que lo vea el cliente, hay que descontar los ingresos de la operación del sistema de almacenamiento, que genera ingresos tanto por arbitraje de precios, como por pagos de potencia y eventualmente servicios complementarios”.

 

 


 

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