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Por Javiera Pizzoleo , 9 de abril de 2024 | 10:13

Los Vilos solicita invalidación de resolución del SEA que establece que proyecto de desalación no requiere evaluación ambiental

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La Municipalidad de Los Vilos solicitó la invalidación de resolución del SEA por el proyecto de extracción de agua de mar, que establece que no se requiere evaluación ambiental.

En acuerdo quedó la causa referida a la reclamación interpuesta por la Municipalidad de Los Vilos en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ante el 1° Tribunal Ambiental, por el proyecto de extracción de agua de mar para fines productivos de la empresa Amffal SpA.

El municipio reclamó la respuesta del SEA a la consulta de pertinencia efectuada por la empresa sobre si el proyecto debía o no ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA) de manera obligatoria en forma previa a su ejecución, lo que fue descartado por el órgano evaluador.

En la audiencia, el abogado del municipio, Claudio Alhambra Carvajal, indicó que, en primer lugar, para ejemplificar, el litigante municipal mostró una imagen de la comuna y las vías de tránsito de los camiones para explicar que “la empresa pretende extraer 7 millones de litros diarios de agua de mar lo que equivale a 233 camiones por día si se retira en camiones de 30 mil litros y 700 camiones si se trata de camiones de 10 mil litros”.

En segundo término, el abogado Alhambra aseguró que hubo falta de información sobre el denominado “Bosque de Quereo”, así como respecto a la riqueza arqueológica y paleontológica del área cercana al proyecto, lo que habría imposibilitado al Servicio de Evaluación Ambiental un debido análisis de la configuración  de la tipología del Artículo 10 letra p) de la Ley 19.300, que dice relación con la ejecución de obras en áreas colocadas bajo protección oficial.

Finalmente, el tercer argumento del municipio tiene relación con “la necesidad de ingreso al SEIA de actividades que se encuentran fuera del listado del artículo 10 referido en atención a la magnitud de sus efectos ambientales”. La tesis sostenida por el abogado está fundamentada en los principios preventivos y precautorios en materia ambiental ya que dijo que “recae en la autoridad ambiental preservar la naturaleza, proteger el medioambiente y evitar el daño cuando existe un riesgo de alteración, ya sea directo o indirecto”. 

Alegatos del Servicio de Evaluación Ambiental

Los alegatos del SEA formulados por la abogada Luisa Amigo Noreña se basaron en la normativa que regula el ingreso de proyectos a evaluación ambiental, “en la que no están incluidos los proyectos de extracción de agua”, aseguró.

Además, la abogada aseguró que la información proporcionada fue suficiente para descartar que el proyecto correspondiera a alguna de las categorías de actividades del artículo 10 de la Ley 19.300, al explicar que “la acción principal del proyecto es la extracción de agua de mar y en la consulta de pertinencia se aportó la información correspondiente”. También, manifestó que “el transporte de agua hacia destino es una actividad que no forma parte del proyecto sometido a consulta”.

Otro aspecto al que se refirió la litigante del SEA fue el posible ingreso del proyecto a través del Artículo 10 letra p) de la Ley 19.300 y dijo que “el bosque de Quereo no corresponde a un área bajo protección oficial, sin que existan áreas de ese tipo en las cercanías del proyecto”.

Para concluir, la abogada enfatizó en que “la información aportada por el proponente es suficiente para realizar el análisis que al servicio le compete en el marco de una consulta de pertinencia y este análisis es determinar si conforme a la información aportada se configura o no alguna de las tipologías establecidas en el artículo 10 de la Ley 19.300 tratándose de un proyecto nuevo”.

En noviembre de 2022, la empresa Amffal  S.A. presentó una consulta de pertinencia de ingreso al SEIA del proyecto de extracción de agua de mar en las cercanías de Los Vilos. La respuesta del organismo indicó que no estaba obligado a someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en forma previa a su ejecución.

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