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Por Reporte Minero , 30 de julio de 2020Programa de Apoyo a la Producción Segura
Esta iniciativa buscar mejorar los estándares se seguridad, calidad de vida y medio ambiente en faenas productivas
Financiar la ejecución de proyectos que contribuyan a mejorar estándares se seguridad, calidad de vida y medio ambiente en faenas productivas de la pequeña minería, como también asesorar en el cumplimiento de la normativa legal vigente aplicable al desarrollo de la actividad minera.
Principales actividades
- Apoyo en la preparación de proyecto de explotación y ejecución planes de cierre de faenas mineras.
- Habilitación, construcción y fortificación de accesos (brocales).
- Obras para reforzar seguridad en faenas, tales como: fortificación, acuñaduras, ventilación, escalerajes, control de caídas a distinto nivel, refugios, labores de acceso y/o salidas de emergencia.
- Inversión en equipos y tecnología asociada a seguridad.
- Actualización de planos de todas las labores mineras existentes en faena.
- Adquisición de implementos y ejecución de obras para alcanzar estándares de calidad de vida e higiene ambiental;
- Asesorías en gestión de Prevención de Riesgos, Calidad y Medio Ambiente;
- Las actividades deberán incluir las visitas a terreno y los estudios, investigaciones y consultas pertinentes.
Monto Máximo
US$30 mil por proyecto.
Retornabilidad de los aportes
Devolución a través de descuentos en las ventas, a razón de 1US$/ton de mineral vendido en ENAMI.
Plazo de devolución
Máximo 5 años a partir de la fecha de cierre del proyecto pudiendo incluir hasta 1 año de gracia.
Requisitos principales
Productores empadronados de la Pequeña Minería, sin deudas vecinas con ENAMI ni deudas previsionales y tributarias.
Formalización
Mediante escritura público y afecto a impuesto de Timbres y Estampillas.
Tasa de interés
Interés Corriente fijado por el Directorio de ENAMI e interés moroso o penal cuando corresponda, equivalente a la tasa de interés máximo convencional, vigentes a la fecha de cierre del proyecto.
Garantías
Sin garantías, salvo que el comité estime conveniente exigirlas, pero con una cobertura no superior a 1,0.
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