Noticias
Por Matías Vera , 22 de enero de 2024 | 19:14

Tribunal Ambiental realizó inspección a tres proyectos eólicos de Statkraft en O’Higgins

Compartir

La visita se debe a dos reclamaciones que buscan que los proyectos ingresen a evaluación ambiental. El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en tanto, solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes las reclamaciones.

El Segundo Tribunal Ambiental realizó una inspección personal a los sectores en que se emplazan tres proyectos de Statkrat en la Región de O’Higgins, en el marco del análisis de dos reclamaciones interpuestas por vecinos de Litueche que buscan que los proyectos de optimización de los parques eólicos Cardonal, Los Cerrillos y Manantiales ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

El recorrido fue encabezado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta, y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos, quienes fueron acompañados por profesionales del Tribunal y representantes de las partes en conflicto.

“Las partes reclamantes estimaron que la resolución del SEA que determinó que las tres modificaciones a los proyectos iniciales, con resolución de calificación ambiental favorable no debían ingresar al SEIA era ilegal, razón por la cual decidieron recurrir al Tribunal. Esta judicatura especializada conociendo de estas causas y tras la vista de la causa de aquellas, estimó necesario concurrir a la zona de emplazamiento de los parques Cardonal, Los Cerrillos y Manantiales para analizar si efectivamente la decisión tomada por el Servicio de Evaluación Ambiental se ajusta a derecho”, explicó la ministra Godoy.

Las reclamaciones que analiza el tribunal fueron presentadas por el Comité de Adelanto El Espinillo y Sandra Mabel González Castro, vecina del sector, luego que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) rechazara las solicitudes de invalidación de las resoluciones, con las cuales este organismo definió que los tres proyectos de optimización antes citados no debían ingresar al SEIA, pues no involucrarían cambios de consideración respecto de los proyectos originales. 

En términos generales, los reclamantes sostienen que dichas iniciativas sí contenían cambios de consideración por lo que debían ingresar a evaluación.

La ministra presidenta del Segundo Tribunal Ambiental explicó que, una vez analizados los antecedentes recogidos durante la inspección, los ministros estarán en condiciones de tomar un acuerdo respecto de la resolución de las causas. Con ello, añadió, se define un ministro redactor y se inicia el proceso de redacción, el que concluye con la dictación de la sentencia.

"Una vez que se alcanza el acuerdo, el Tribunal tiene un plazo de 30 días para dictar el fallo”, señaló.

Alegaciones

Los reclamantes aseguran que la resolución del SEA fue dictada con infracción a derecho, por contener sustantivos vicios de ilegalidad administrativa y ambiental “atribuibles a la mala fe del titular y, al menos, a negligencia inexcusable del órgano evaluador, agraviando derechos constitucionales, legales y normativos (…) y causándoles perjuicios que solo por la vía de la nulidad del acto pueden ser enmendados”.

Solicitan que el Tribunal anule las resoluciones con las que se rechazaron las invalidaciones, con el objetivo de que los proyectos de optimización de los parques eólicos ingresen a evaluación ambiental mediante un estudio que comprenda la totalidad de los efectos significativo que el proyecto genera. Además, que determine correctamente los impactos y proponga medidas de mitigación y compensación adecuadas, o, en su defecto, lo que esta judicatura especializada determine necesario.

El SEA, en tanto, solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes las reclamaciones. Afirma que estas acciones judiciales no serían las idóneas para cuestionar un eventual fraccionamiento de proyecto ni para impugnar procedimientos diversos a quienes sirvieron de base al rechazar las invalidaciones.

Asimismo, afirma que las reclamaciones no estarían debidamente fundadas, debido a que omiten toda referencia a las razones por las cuales las consultas de pertinencia de los proyectos “Optimización del Parque Eólico Cardonal”, “Optimización del Parque Eólico Los Cerrillos” y “Optimización del Parque Eólico Manantiales” consistirían en un cambio de consideración que determinara su ingreso obligatorio al SEIA.

El 15 de septiembre de 2023, el Segundo Tribunal Ambiental, decretó la paralización de las obras de construcción de los proyectos “Parque Eólico Manantiales”, “Parque Eólico Cerrillos” y “Parque Eólico Cardonal” de Statkraft Eólico S.A, ubicados en la comuna de Litueche en la Región de O´Higgins. Esta medida fue levantada el 5 de octubre, con la realización de la audiencia de la causa.

Si te interesa recibir noticias publicadas en Reporte Minero | El portal de minería en Chile, inscribe tu correo aquí
Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.

COMENTA AQUÍ

Comunicamos los avances en tecnología, hitos y comercialización de la principal industria productiva de Chile

Powered by Global Channel