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Por Agustín de Vicente , 21 de junio de 2024 | 16:29Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en dos reclamaciones de ENAP Refinerías en contra de la SMA
La comunidad y las partes involucradas esperan con atención las decisiones del Tribunal, que influirán en el futuro de la gestión ambiental en Concón, Quintero y Puchuncaví.
El Segundo Tribunal Ambiental escuchó los alegatos de las partes en dos reclamaciones presentadas por ENAP Refinerías contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), vinculadas a la implementación del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para Concón, Quintero y Puchuncaví (PPDA CQP). Las reclamaciones se refieren a la aprobación de la metodología de cuantificación de emisiones y a una sanción económica impuesta a la refinería.
Audiencia por metodología de cuantificación de emisiones
En la primera audiencia, ENAP Refinerías solicitó al Tribunal invalidar parcialmente la resolución de la SMA, que aprobó la metodología para la cuantificación de emisiones de la planta ubicada en Concón, argumentando que dicha resolución aplicaba de forma retroactiva la metodología a las emisiones de 2019 y 2020. La empresa afirmó que esto contravenía el principio de legalidad al imponer obligaciones retroactivas no contempladas en el PPDA.
Por su parte, la SMA defendió la legalidad de la resolución, indicando que el PPDA CQP establece límites de emisiones que deben cumplirse desde su vigencia, independientemente de la validación posterior de la metodología. La Superintendencia destacó que ENAP no cuestionó la resolución hasta enfrentar cargos por superar los límites de emisión.
Audiencia por sanción económica
En la segunda audiencia, ENAP Refinerías impugnó la sanción de 269,8 Unidades Tributarias Anuales (UTA) impuesta por la SMA por cinco infracciones al PPDA CQP, incluyendo la superación del límite de emisión de SO2 para 2019. La empresa solicitó la absolución de los cargos o, en su defecto, la recalificación de las infracciones como leves y la reducción de la multa al mínimo legal. ENAP argumentó que sus acciones no representaron un riesgo para el medio ambiente ni la salud pública.
La SMA, en respuesta, solicitó el rechazo de la reclamación, subrayando que las infracciones impactaron negativamente los objetivos del PPDA CQP y que, a pesar de la mejora en la calidad del aire, los episodios de intoxicaciones masivas persistieron en la zona.
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