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Por Javiera Pizzoleo , 20 de enero de 2025 | 08:58

Demandan al Estado de Chile por 20.000 toneladas de desechos mineros en Arica

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Primer Tribunal Ambiental lleva a cabo la audiencia de conciliación, prueba y alegaciones finales en demanda por daño ambiental de la fundación Mamitas del Plomo de Arica en contra del Estado de Chile.

¿Quién se hace responsable? La Fundación Mamitas del Plomo de Arica realizó una demanda por daño ambiental contra el Estado de Chile por el abandono de 20.000 toneladas de desechos mineros con polimetales de la empresa sueca Boliden metals y que fueron importados por la empresa chilena Promel entre 1984 y 1985.

Estos residuos se encuentran actualmente en el sector señalado como “Quebrada Encantada Baja”, en la comuna de Arica. La fundación indica presuntos daños al suelo, aire y salud de la población cercana al denominado del “Sitio F" (actualmente, un sitio fiscal). 

En este contexto, el pasado lunes 13 al miércoles 15 de enero, el Primer Tribunal Ambienta realizó la audiencia de conciliación, prueba y alegaciones finales. En la instancia, se escuchó a 15 testigos, expertos y comunes. Entre los temas abordados se incluyen la existencia de daño ambiental, las acciones u omisiones del Estado, la relación causal con el daño y posibles infracciones a la legislación ambiental, entre otros. 

¿Existe o no daño ambiental?

El abogado Juan Molina, en representación de la Fundación Mamitas del Plomo, argumentó que el daño ambiental está acreditado con pruebas de la presencia de arsénico, cadmio, cromo y plomo en muestras de sangre de niños y adolescentes tomadas entre 2021 y 2022.

Este daño, dentro del periodo de los últimos 5 años, cumple con los requisitos legales de intensidad, duración y extensión, afectando la vida y salud de una población significativa. 

Asimismo, defendió que el caso no se trata de un problema sanitario aislado (como un brote de enfermedad), sino de un daño ambiental sistémico que afecta el suelo, la salud, y las funciones ecosistémicas fundamentales para la vida de los afectados. 

Negligencia del Estado

También, el abogado de la fundación alegó que el Estado actuó negligentemente al usar instrumentos ambientales débiles, incumplir la normativa de la Ley de Polimetales y permitir actividades sin autorización en sitios contaminados. Además, criticó la falta de seguimiento en la salud de los afectados y la exclusión arbitraria de beneficiarios de los programas de remediación. 

Lo que ha creado un l sufrimiento de las familias, señalando que generaciones enteras han sido afectadas, desde las “abuelas del plomo” hasta las “nietas del plomo”. Por último, solicitó que se reconozca la existencia del daño ambiental, se descarte la prescripción y la cosa juzgada, y se dicte un plan de reparación ambiental que restituya el medio ambiente y garantice la salud de las generaciones futuras. 

Por su parte la  abogada Karla Vargas, de la ONG Fima, indicó que existe una responsabilidad estatal. Ya que, entre 1984 y 1989, el Estado permitió el ingreso de desechos tóxicos sin planes de manejo adecuados, su almacenamiento inseguro en el Sitio F y la posterior construcción de viviendas sociales en sus cercanías sin considerar los riesgos. También enfatizó la negligencia en el traslado de los residuos en 1997 sin medidas de seguridad suficientes. 

Además, señaló que, pese a los compromisos establecidos por esta normativa para monitorear y mitigar los riesgos ambientales y de salud, las acciones han sido insuficientes e inconsistentes. Entre los problemas mencionados están la falta de estudios semestrales de evaluación de riesgos, la exclusión de beneficiarios y las deficiencias en el seguimiento y tratamiento de la salud de los afectados. 

Persistencia del daño

Por su parte, el abogado Santiago García de la ONG Fima, destacó la existencia de suelos altamente contaminados en el Sitio F y Quebrada Encantada, que afectan directamente a cerca de 16,500 personas. Testimonios de los afectados describen problemas graves de salud, como cánceres, abortos espontáneos y enfermedades respiratorias, además de barreras para acceder a tratamientos adecuados. 

Además, subrayó que el problema, originado en 1984, sigue vigente en 2025 debido a la falta de acciones efectivas por parte del Estado. La contaminación tiene efectos transgeneracionales y multidimensionales, afectando a generaciones enteras con enfermedades crónicas y agudas. 

No hay fuentes activas de contaminación

Finalmente, el abogado Osvaldo Solís, en representación del Consejo de Defensa del Estado (CDE), reconoció la situación de las víctimas afectadas por los desechos tóxicos ingresados entre 1984 y 1998, enmarcando su argumentación dentro de la Ley de Polimetales. 

No obstante,  argumentó que las pruebas del Estado demuestran que no hay fuentes activas de contaminación en las áreas afectadas (Sitio F y Quebrada Encantada) tras el encapsulamiento de los desechos en 1998. Citó estudios y testimonios que indican que las concentraciones de metales pesados actuales son comparables a niveles naturales de la región. 

Asimismo, insistió que no existe evidencia de contaminación continua o nuevas trazas significativas de metales pesados en las zonas afectadas. Defendió que los beneficios y compensaciones actuales están en línea con las capacidades presupuestarias del país; 

El abogado de la CDE destacó los esfuerzos del Estado, como el encapsulamiento de residuos en 1998, la implementación de la Ley de Polimetales y las medidas de remediación y mitigación progresiva. También subrayó que estos esfuerzos han mejorado las condiciones de salud y seguridad en las áreas afectadas. 

Por último, solicitó que se rechace la demanda en todas sus partes, argumentando que el daño ambiental ha sido reparado y que las medidas actuales son adecuadas dentro de las limitaciones del Estado. 

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