Noticias
Por Reporte Minero , 1 de septiembre de 20211TA rechaza reclamación presentada por aprobación de programa de cumplimiento de Caserones
El órgano jurisdiccional descartó las controversias respecto a la aprobación del Programa de Cumplimiento (PdC) cuando hay daño ambiental.
El Primer Tribunal Ambiental (1TA) rechazó la reclamación de agricultores del Valle de Copiapó contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la aprobación favorable del Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por Minera Caserones de Lumina Copper. La sentencia indicó que las infracciones graves cometidas por la empresa minera son susceptibles de reparación a través de un Plan de Reparación Ambiental o mediante el ejercicio de la acción judicial por daño ambiental.
El ministro redactor y presidente (s) del Primer Tribunal Ambiental, Mauricio Oviedo, indicó que la aprobación que la SMA efectuó del PdC no trae aparejado un detrimento para los agricultores. "No se constata un perjuicio real sobre los reclamantes, de aquellos que puedan quebrantar sus derechos dentro del proceso, ya que podrá instar por la imposición de la sanción respectiva e incluso, una vez terminado el mismo, y ante la ausencia de un Plan de Reparación por el daño ambiental efectivamente causado, se deberá incoar el correspondiente proceso por daño ambiental en sede jurisdiccional", explicó Oviedo.
"Esta magistratura coincide con el análisis de la Superintendencia al estimar que es posible separar infracciones con daño ambiental de aquellas que no lo generan, y someterlas a distintas vías de revisión y corrección", acotó el ministro redactor.
- Te puede interesar: Primer Tribunal Ambiental deja en acuerdo causa en contra de Minera Teck Carmen de Andacollo
Según el Primer Tribunal Ambiental, los ministros efectuaron un análisis detallado de las medidas propuestas por la empresa en el PdC y determinaron que la decisión de la SMA al aprobar el programa "está revestida de razonabilidad y motivación suficiente, logrando descartar los efectos nocivos de la infracción en base a una adecuada ponderación de los antecedentes técnicos acompañados. En concordancia con lo anterior, tampoco es posible atribuir impactos significativos derivados de la infracción".
Ingreso al SEIA
Los ministros también analizaron los reproches respecto a tres acciones incluidas en el instrumento aprobado, entre ellas el ingreso al SEIA del Proyecto "Adecuación Operacional Faena Minera Caserones" y concluyeron que "tiene por objeto, entre otros, la evaluación del sistema de control de infiltraciones mediante la incorporación de pozos adicionales de bombeo de recuperación de aguas lo que, en conjunto con el sistema de drenaje, zanja cortafuga y pozos de remediación, permitirían captar las infiltraciones y devolverlas al área de proceso".
En relación al descarte de los efectos nocivos de las infracciones, uno de los puntos que se establecen es que no hay afectación en la disponibilidad del recurso hídrico, de acuerdo a todos los antecedentes entregados y a los pronunciamientos de la Dirección General de Aguas, DGA.
Otra medida analizada tiene relación con el compromiso de la empresa de ejecutar acciones de difusión sobre el pueblo Colla entre sus trabajadores directos y contratistas y se mandata que la ejecución de dichas iniciativas se lleve a cabo a la brevedad.
COMENTA AQUÍ