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Por Martín Cabello , 14 de octubre de 2021SMA confirma que proyecto minero fue fraccionado para eludir evaluación ambiental
El proyecto adyacente al Parque Patagonia fue fraccionado para realizar 23 exploraciones, pero el SEIA permite en Aysén un máximo de 19 plataformas de sondaje sin evaluación ambiental.
Mediante la Resolución Exenta N˚2016, del 10 de septiembre de 2021, el titular de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), Cristóbal de la Maza Guzmán, requirió a la sociedad Southern Gold ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) 23 exploraciones realizadas en el marco del proyecto minero "Los Domos", adyacente al actual Parque Patagonia.
El pronunciamiento apuntó a que, entre 2017 y 2018, la empresa concretó 19 plataformas de sondaje en el sector de El Ceballo y en 2018 otra en "Los Domos Sur", un área distinta que según la empresa contó con cuatro nuevos sondajes.
En noviembre de 2018, diferentes organizaciones de la zona indicaron que el reglamento del SEIA sólo permite en Aysén un máximo de 19 plataformas de sondaje sin evaluación ambiental. A este requerimiento se sumó un oficio del 4 de marzo de 2019 del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), donde el organismo denunció a Southern Gold ante la SMA por el mismo motivo.
Además, las organizaciones sumaron a su presentación que las faenas se habían realizado "al interior de un sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad (Estepa Jeinimeni Lagunas de Bahía Jara); al interior de una Zona de Interés Turístico; y a no más de 160 metros de los límites de la Reserva Nacional Jeinimeni, siendo aplicable lo prescrito en el artículo 11 letra d) de la Ley 19.300".
En el expediente tramitado por la SMA se consigna, además, que durante una fiscalización de la seremi de Bienes Nacionales de marzo de 2019 ésta constató "material de exploración en arroyo cercano y contaminación de las aguas con residuos de color plomo, presencia de maquinaria y obras en arroyos y afloramientos de aguas en sondajes clausurados". Más aún, el terreno en el cual se encontraban era fiscal por tanto, a pesar de tener concesión minera, se trataba de una "ocupación ilegal".
Prohibición de exploraciones en el área
La resolución firmada por Cristóbal de la Maza estableció que Southern Gold debe ingresar las exploraciones a evaluación ex post, tanto por las 21 plataformas de sondaje, como por los 18 kilómetros de caminos con los que afectaron esta área bajo protección oficial.
Además, el requerimiento se sustenta en dos pronunciamientos del Servicio de Evaluación Ambiental, de noviembre de 2019 y agosto de 2021. Ante esta medida de la SMA, la empresa presentó un cronograma para presentar declaración o estudio de impacto ambiental por lo ya realizado, el cual sería ingresado en septiembre de 2022. Por otro lado, esta resolución confirma que la minera no puede realizar ninguna otra exploración ni prospección en el área.
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Al respecto, el asesor legal e integrante del equipo jurídico Lawen, Erwin Sandoval Gallardo, expresó su satisfacción porque "los planteamientos que hicieran las organizaciones fueron recogidos". Sin embargo, precisó que "acá no basta con que a la empresa se le diga que evalúe un proyecto ya ejecutado. Southern Gold necesariamente debe ser objeto de sanciones, por haber materializado su proyecto al margen del SEIA y por haberlo fraccionado deliberadamente con dicho objetivo".
El propio SEA determinó que, según la zonificación del sitio prioritario, el sector intervenido tiene un objetivo de preservación, interés científico, con alto valor paisajístico y turístico. Además, colinda con el Parque Nacional Patagonia, luego de ser excluido por el presidente Sebastián Piñera de la nueva área protegida.
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