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Por Javiera Pizzoleo , 4 de abril de 2023 | 11:11

Participación de las energías renovables en la matriz energética llegará a un 60% al 2030

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Así lo definió el proyecto aprobado por la Sala de la Cámara de Diputados y que fue despachado a segundo trámite. La propuesta, además, establece incentivos para que particulares aporten al sistema eléctrico.

La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó el proyecto que impulsa la participación de las energías renovables en la matriz energética nacional. La iniciativa busca combatir las fuentes energéticas fósiles, las que son responsables en un 77% de las emisiones de gases de efecto invernadero, junto con definir otros incentivos en la materia.

Para su análisis se contó con los informes de las comisiones de Energía y de Hacienda, rendidos por los diputados Diego Ibáñez (CS) y Boris Barrera (PC), respectivamente.

En concreto, la iniciativa aumenta el porcentaje fijado en la ley vigente de las metas de generación a gran escala de las energías renovables. Además, establece un sistema de trazabilidad del carácter renovable de la energía y crea incentivos a la generación distribuida.

Tras su aprobación en general y en particular, se despachó a segundo trámite, al Senado.

Meta 2030

La Ley general de servicios eléctricos establece una meta de participación de energías renovables de un 20%. Para ello, se precisa un calendario que aumenta porcentualmente año a año. Sin embargo, la realidad del calentamiento global y el avance de la producción eléctrica de estas vías más limpias hizo revisar tanto la meta como el calendario.

Es así que el proyecto aprobado hoy determina que los contratos firmados con posterioridad al 1 de enero de 2023 estarán obligados a contar con un 25% de energías renovables al año 2023. A partir de 2024, dicho porcentaje se incrementará un 5% anualmente, hasta llegar al 60% en 2030.

Pero, además, tomando en cuenta la variabilidad que puede tener la generación renovable, especialmente aquella proveniente de recursos variables como el sol y el viento, se incorpora una nueva exigencia.

El punto pasa por obligar a las empresas generadoras de electricidad de comercializar, al menos en un 40%, energías renovables no convencionales (ERNC) al 2030 en cada bloque temporal dentro del día. También aplica para los sistemas de almacenamiento de energía, propios o contratados.

El texto aclara que el reglamento establecerá los bloques temporales. Ellos deberán representar adecuadamente la variabilidad diaria conjunta de la generación proveniente por medios de generación renovables y la demanda.

En conjunto con lo anterior, la iniciativa norma procedimientos y licitaciones, para el cumplimiento de las metas señaladas. De igual modo, se regulan materias relativas a las transacciones entre empresas.

 

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